Peligro eléctrico: algunos comentarios sobre las nuevas resoluciones SIC 236 y 237/2024

PDF del art culo

Acerca de la Resoluciones SIC 236 y 237/2024. En un comunicado del 10 de octubre, la Asociación para la Promoción de la Seguridad Eléctrica (APSE) anunció los cambios que introducirán las Resoluciones 236 y 237 en el régimen vigente desde hace veinticinco años.

Algunos logros obtenidos
El marco regulatorio vigente hasta la sanción de las resoluciones SIC 236 y 237/2024 establecía que los responsables de introducir productos eléctricos al mercado debían requerir previamente la certificación del cumplimiento de normas técnicas de seguridad, realizada por organismos de evaluación de la conformidad competentes y radicados en el país. Tal exigencia aparejó beneficios sociales y económicos, a saber:
  • Protección de la seguridad de los usuarios de estos productos, de sus mascotas y de sus bienes, que como consumidores son sujetos vulnerables expuestos, ya que asumen que si el Estado permite que se venda algo, entonces ese algo es seguro.
  • Estímulo a una competencia leal sobre la base de elevar la vara para los productos que pueden ser comercializados.
  • Desarrollo de la infraestructura nacional de la calidad, a partir de la generación de un ambiente de negocios que favoreció la inversión y desarrollo de capacidades locales en materia de metrología, ensayos y evaluación de la conformidad.
  • Mejora de la competitividad de la producción nacional que, al verse obligada a cumplir con normas técnicas internacionales, elevó la calidad de su oferta aumentando la exportación, no solamente bienes de alto valor agregado sino también servicios de metrología, ensayo y certificación.
El nuevo marco general de evaluación de la conformidad instaurado por la Resolución SIC N° 237/2024 afecta substancialmente el régimen de seguridad de productos eléctricos que ha venido funcionando
A estos beneficios, se suma la instalación del marcado de seguridad, establecido por la Resolución de la ex-SICyM N° 799/1999 como sinónimo de producto seguro en la percepción de los consumidores y como distintivo en el mercado global de la seguridad en la República Argentina, activo que no debería ser desechado sin más.
El nuevo régimen y sus problemas
El nuevo marco general de evaluación de la conformidad instaurado por la Resolución SIC N° 237/2024 afecta substancialmente el régimen de seguridad de productos eléctricos que ha venido funcionando. Toda iniciativa destinada a mejorar y agilizar aún más ese marco regulatorio es entendible y bienvenida, pero esa intención legítima no puede ir en detrimento de la seguridad de los usuarios de esos productos.
Este nuevo marco relaja los puntos de control y habilita mecanismos que incrementan sensiblemente el riesgo de que actores inescrupulosos o sencillamente indolentes, introduzcan al mercado productos inseguros. A partir de ello, la experiencia de los últimos cuarenta años ha demostrado que no existe posibilidad fáctica de que el Estado fiscalice un universo tan amplio y disperso de productos, ni tampoco dé reparación de los daños originados una vez que miles de productos inseguros, no solo se han introducido al mercado nacional, sino también ya se han comercializado y están en posesión de los consumidores damnificados.
Esta medida representa un sensible detrimento en el nivel de seguridad pública que se había alcanzado con el marco que se está modificando.
No hay ningún sistema de vigilancia del mercado en el mundo en el que las aduanas no jueguen un rol centra
A modo no exhaustivo, algunos de los puntos sobre los cuales APSE basa sus reparos son:
  • se dispensa a aduana de todo control (no hay ningún sistema de vigilancia del mercado en el mundo en el que las aduanas no jueguen un rol central —véase como ejemplo el Reglamento de la Unión Europea 2019/1020—);
  • desaparece un registro único y centralizado a través de la plataforma de trámites a distancia (TAD) del 100% de las declaraciones de conformidad;
  • desaparece el marcado “S” de la ex-Resolución de la ex-SICyM N° 799/1999;
  • se admiten certificaciones e informes de ensayo del extranjero sin verificación por parte de un organismo de evaluación de la conformidad competente radicado en Argentina;
  • se permite el uso de laboratorios no acreditados, con el gran riesgo que ello conlleva;
  • pueden usarse normas diferentes a las IRAM o, en su ausencia, a las internacionales de ISO e IEC;
  • según el producto, se admiten solo informes de ensayo o conviven diversos esquemas de certificación de productos (1b;2;3;4;5), según la norma IRAM-ISO/IEC 17067. Esto es particularmente peligroso para los materiales para instalaciones eléctricas que han sido sacados de la Resolución SC N° 169/2018 para incorporarlos a la Resolución SIC N° 236/2024 de materiales para la construcción, con la posibilidad de esquemas de certificación de mayor riesgo como los 1b, 2, 3 o 4. Para estos materiales, en la 169/2018 se requería la certificación por esquema 5, dada su criticidad en la prevención de electrocuciones e incendios en inmuebles (el 35 al 40% de los incendios en Argentina son de origen eléctrico, siendo la mayor causal de estos siniestros);
  • adaptación al mercado local voluntaria o cuando se detecten incumplimientos durante la fiscalización.
En la Resolución SIC N° 237/2024 se faculta a la Dirección Nacional de Reglamentos Técnicos a dictar las normas complementarias y/o aclaratorias necesarias a fin de tornar operativas las previsiones dispuestas en dicha Resolución.
Se permite el uso de laboratorios no acreditados, con el gran riesgo que ello conlleva
Seguridad, protección y responsabilidades
Como seguramente no escapará al conocimiento del lector, la legislación de protección de los derechos de los consumidores consagra como uno de ellos a la protección de su salud y seguridad. Este derecho emana de manera directa del artículo 42° de la Constitución Nacional, que pone en cabeza del Estado el salvaguardar tal derecho por lo que, en la medida que se relajen los mecanismos con que la administración pública puede asegurar su cumplimiento, el Estado será responsable, junto a los proveedores de bienes y servicios, por el riesgo y por los daños que se causen.
APSE considera que los consumidores son vulnerables por el solo hecho de serlo, como se entiende hoy, por ejemplo, en Europa y Estados Unidos. Además, dos principios deben sostenerse: a) no retroceder en estándares alcanzados a favor de la protección al consumidor, y b) que los empresarios actúen preventivamente cuando exista una posibilidad razonable de amenaza de que un producto pueda dañar la salud o la seguridad de los consumidores. La propuesta del actual gobierno para aprobar un Código de Defensa del Consumidor también sigue estos criterios.
También lo siguen las Directrices de Naciones Unidas para la Protección al Consumidor, único documento internacional que aborda este tema, y que sirvió y sirve como base de las políticas públicas que siguen los gobiernos mundiales. También son principios que sostiene la OCDE.
La calidad de los productos, lo que incluye sin duda su seguridad, no es uniforme en el mundo. Una investigación de un grupo de asociaciones de consumidores de Alemania, Bélgica, Italia, España, Reino Unido, Países Bajos, entre otros, en 2021, encontró que dos tercios de las baterías externas, cargadores y adaptadores que se vendían en el mercado de Europa eran inseguros y, por lo tanto, peligrosos. En algunos sectores, como el de alarmas de monóxido de carbono, todos los productos eran inseguros. La OCDE, en un ejercicio conjunto de monitoreo de mercados en veinticinco países, encontró que el 72% de los productos eléctricos para el hogar eran inseguros. En 2017, un estudio de la asociación de consumidores del Reino Unido reveló que, sobre cuatro segmentos de productos en China, Alemania, India y Estados Unidos, dos de cada tres consumidores experimentaron problemas de seguridad de los productos. El informe también concluyó que, posiblemente como resultado de estas experiencias, la importancia que los consumidores atribuyen a la seguridad de los productos está aumentando.
La propuestas de APSE
Además de todos los reparos planteados al nuevo marco general, APSE propone algunas medidas a fin de mitigar en parte los riesgos que genera este cambio de normativa a partir de lo que disponga la DNRT para su implementación:
  • que se reglamente en forma clara el código QR: debe estar disponible en los portales de venta, debe acompañar al producto en cualquier publicación en redes sociales;
  • que se rescate al marcado “S” de la Resolución SICyM N° 799/1999 derogada, en lugar de lanzar uno nuevo;
  • que las certificaciones e informes de ensayo emitidos por organismos del extranjero pasen necesariamente por una evaluación de organismos de certificación argentinos acreditados con el alcance acorde a la Resolución de seguridad de productos eléctricos (esto permitirá verificar vigencia y realizar las actividades posteriores de vigilancia previstas en la Resolución SC N° 169/2018).
Palabras finales
APSE queda a disposición para colaborar en todo aquello que esté a su alcance para restituir un nivel similar de confianza en que los consumidores de Argentina pueden adquirir en el mercado productos seguros.
Además de todos los reparos planteados al nuevo marco general, APSE propone algunas medidas a fin de mitigar en parte los riesgos que genera este cambio de normativa

Por APSE
Todas las publicaciones de: 
Número: 
Mes: 
Año: